Valores Limite de Exposición según NOM-010-STPS-2014

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Para determinar la higiene y la exposición que tienen los trabajadores en los centros de trabajo es importante entender el significado de los valores límites permisibles definidos por la autoridad mexicana VLE, VLE-CT, VLE-P y VLE-PPT. En los Estados Unidos de América, instituciones prestigiadas como la NIOSH, ACGIH, OSHA cuentan también con estos niveles definidos como TLV, TLV-STEL, PEL, TLV-TWA y es muy común encontrar esta nomenclatura en la industria, por lo cual consideramos importante conocer la equivalencia con los valores determinados por la autoridad mexicana que a continuación se menciona:

Valor límite de exposición (VLE o TLV): La concentración de referencia de un agente químico contaminante del ambiente laboral en el aire, que puede ser ponderado en tiempo, corto tiempo o pico. Se expresa en miligramos por metro cúbico (mg/m3) o fibras por centímetro cubico (f/cm3), en condiciones actuales del muestreo, y en partes por millón (ppm), bajo condiciones normales de temperatura y presión (TPN).

Valor límite de exposición de corto tiempo (VLE-CT o TLV-STEL): La concentración máxima de un agente químico contaminante del ambiente laboral, a la cual los trabajadores pueden estar expuestos de manera continua durante un periodo máximo de quince minutos, con intervalos de al menos una hora de no exposición entre cada periodo de exposición y un máximo de cuatro exposiciones en una jornada de trabajo de ocho horas diarias, y que no sobrepasa el valor límite de exposición promedio ponderado en tiempo (VLE-PPT o TLV-TWA).

Valor límite de exposición pico (VLE-P o PEL): La concentración de un agente químico contaminante del ambiente laboral que no debe rebasarse en ningún momento durante la jornada de trabajo.

Valor límite de exposición promedio ponderado en tiempo (VLE-PPT o TLV-TWA): La concentración máxima promedio ponderada en el tiempo de un agente químico contaminante del ambiente laboral, a la que la mayoría de los trabajadores expuestos, durante una jornada de ocho horas diarias y una semana laboral de cuarenta horas, no reportan daños a su salud.

En los Estados Unidos de America, existen instituciones las cuales determinan los parámetros para cierta aplicación en especial, estas son la NIOSH (National Institute for Occupational Safety and Health), la ACGIH (American Conference of Govermental Industrial Hygienist) y la OSHA (Occupational Safety and Health Administration) que es como autoridad de gobierno los valores son mandatorios. En la tabla de abajo encontraran un ejemplo de las diferencias de valores de exposición permisibles según la entidad, algunos de estos no se consideran en la NOM-010, específicamente REL (Recommended Exposure Level), Ceiling Limit y el IDLH (Immediately Dangerous for Life or Health).

¿Pero cómo saber que un trabajador está expuesto un ambiente dañino para la salud o peligroso? Para esto existen dispositivos móviles llamados detectores de gases portátiles, los cuales miden de una forma continua y algunos modelos como los X-am de Draeger cuentan con una función integrada de almacenamiento de datos (Data logger), grabación de eventos (Event Logger) y alertas mediante alarmas visuales y audibles que avisan cuando se han alcanzado estos valores y adicional los graban los datos o eventos que identifica durante su operación y estos pueden ser descargados y visualizados en una computadora u ordenador. En la imagen a continuación se representa de una manera grafica como estos valores son comunicados a la persona quien porta estos equipos.

Finalmente, en la NOM-010 en la Table I.1 existe una lista de sustancias más comunes en la industria mexicana con sus valores de exposición permitidos durante 8 horas (VLE-PPT) y durante 15 minutos (VLE-CT). Para conocer que tipo de detector de gas puede ser útil para una aplicación en específico, no dude en ponerse en contacto con nosotros para apoyarlo tanto en la selección del equipo adecuado como en el mantenimiento y calibración de los mismos.